Dentro del Real Decreto 538/2015 que ha venido a regular la realización de estudios, informes y análisis comparativos sobre productos alimenticios, se ha introducido en su Disposición Final Segunda, una modificación del Real Decreto 993/2014 por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación.
De esta forma, se ha modificado su Apartado 1 retrasando hasta el 1 de marzo de 2016 la acreditación, ante los Servicios de Inspección Veterinaria, del cumplimiento de los requisitos exigidos para la exportación de productos de origen animal destinados al consumo humano.
Ante esta modificación, hasta el 1 de marzo próximo se seguirá aplicando lo establecido dentro de la ORDEN APA/2555/2006, de 27 de julio, por la que se establece el procedimiento para la emisión del certificado sanitario oficial de exportación de carne y productos cárnicos, en materias competencia del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fuente:EUROCARNE